El uniformado podría pagar cinco años de cárcel

a muerte de un perro presuntamente a manos de un uniformado de la Policía Nacional volvió a abrir el debate sobre el alcance del uso de la fuerza por parte de las autoridades y las consecuencias penales cuando una actuación oficial termina con la vida de un animal. El caso generó indignación en redes sociales y reacciones de organizaciones defensoras de animales, que cuestionan si la respuesta del agente fue proporcional frente a la situación presentada.
Aunque las autoridades adelantan las investigaciones correspondientes para esclarecer lo ocurrido, expertos en derecho penal advierten que el uniformado podría enfrentar un proceso judicial bajo las normas de protección animal vigentes en Colombia. La discusión jurídica gira alrededor de si existía una amenaza real para la vida del policía o si, por el contrario, hubo un exceso en la reacción que terminó causando la muerte del perro.
La posible responsabilidad penal del uniformado
El abogado Francisco Bernate le aseguró a La FM que, desde una primera valoración jurídica, el ataque del perro “no era mortal”, pues “no afectaba órganos vitales”, por lo que considera que la reacción del uniformado habría sido “desproporcionada”.
Esa apreciación resulta clave dentro del análisis penal, ya que uno de los elementos que deberá establecer la justicia es si el agente actuó bajo una legítima defensa o si utilizó una fuerza excesiva frente al nivel de riesgo existente. En Colombia, la proporcionalidad es uno de los criterios fundamentales para determinar si una actuación puede justificarse jurídicamente.
De acuerdo con el Código Penal colombiano, el delito aplicable sería el contemplado en el artículo 339A, relacionado con la muerte de animales. La norma establece que quien maltrate a un animal doméstico, amansado, silvestre vertebrado o exótico vertebrado causándole la muerte podrá enfrentar una pena de prisión de 32 a 56 meses.




